domingo, 25 de abril de 2010

CAPITULO VII
Gestión integral de residuos provenientes de centros de estética, peluquerías y actividades similares

Los establecimientos de estética facial, corporal y ornamental; salas de masajes; escuelas de capacitación y/o formación en estética facial, corporal y ornamental y establecimientos afines se clasifican como generadores de residuos infecciosos o residuos biológicos, de los clasificados legalmente como biosanitarios y cortopunzantes.

Los establecimientos de estética facial… y ornamental y establecimientos afines deberán realizar las siguientes actividades respecto a sus residuos: Segregación, movimiento interno, almacenamiento intermedio y/o central, desactivación (gestión interna), recolección, transporte, tratamiento y/o disposición final (gestión externa).

1. Separación: Todos los residuos sólidos generados en los establecimientos de estética facial, corporal y ornamental; salas de masajes; escuelas de capacitación y/o formación en estética facial, corporal y ornamental y establecimientos afines deben ser previamente separados y clasificados dentro del manejo integral de residuos sólidos.

Los establecimientos de estética facial, corporal… y ornamental y establecimientos afines deben trasladar los residuos del lugar de generación al almacenamiento intermedio o central, según sea el caso, empleando recipientes reutilizables para residuos hospitalarios y similares, los cuales deben tener las siguientes características:

1.1 Características de las bolsas desechables
  • La resistencia de las bolsas debe soportar la tensión ejercida por los residuos contenidos y por su manipulación.
  • El material plástico de las bolsas para residuos infecciosos debe ser polietileno de alta densidad, o el material que se determine necesario para la desactivación o el tratamiento de estos residuos.
  • El peso individual de la bolsa con los residuos no debe exceder los 8 kg.
  • La resistencia de cada una de las bolsas no debe ser inferior a 20 kg.
  • El color de las bolsas será el rojo.
  • Serán de alta densidad y calibre mínimo de 1.4 para bolsas pequeñas y de 1.6 milésimas de pulgada para bolsas grandes, suficiente para evitar el derrame durante el almacenamiento en el lugar de generación, recolección, movimiento interno, almacenamiento central y disposición final de los residuos que contengan.

1.2 Características de los recipientes para almacenar residuos biológicos

  • Livianos, que su tamaño permita almacenamiento temporal.
  • Resistente a los golpes, sin aristas internas, provisto de asas que faciliten el manejo durante la recolección.
  • Construidos en material rígido impermeable, de fácil limpieza y resistentes a la corrosión.
  • Dotados de tapa con buen ajuste, bordes redondeados y boca ancha para facilitar el retiro de la bolsa plástica.
  • Construidos en forma tal que, estando cerrados o tapados, no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos por sus paredes o por el fondo.
  • Contener una bolsa de color rojo que debe cubrir por lo menos la mitad del exterior del recipiente y que se encuentre perfectamente señalado junto al recipiente el tipo de residuos que allí se maneja.

2. Desactivación

Los establecimientos de estética facial, corporal… y establecimientos afines, deben seleccionar e implementar el sistema de desactivación, tratamiento y disposición de residuos hospitalarios y similares, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.2.7 de la Resolución 1164 de 2002, o las normas que la sustituyen o complementen.

3. Disposición final

Una vez realizados los procesos de desactivación de los residuos, el propietario de los establecimientos de estética facial, corporal y ornamental; salas de masajes; escuelas de capacitación y/o formación en estética facial, corporal, y establecimientos afines estará obligado a contratar con una empresa autorizada para tal fin, por la autoridad ambiental competente, el manejo y la disposición final de los residuos peligrosos generados como consecuencia de la actividad laboral del establecimiento.

4. Plan de Gestión Integral de Residuos Provenientes de Centros de Estética, Peluquerías y Actividades Similares y Afines, PGIR-Componente Interno

La elaboración del Plan para la Gestión Integral de Residuos provenientes de centros de estética y cosmetología, peluquerías y actividades similares “PGIR” componente interno debe contemplar, además del compromiso institucional, los siguientes programas y actividades:
1. Diagnóstico integral sanitario.
2. Programa de formación y educación.
3. Diagnóstico ambiental sanitario.
4. Desactivación.
5. Movimiento interno de residuos.
6. Almacenamiento interno o central.
7. Establecer indicadores de gestión interna.
8. Elaborar informe y reporte a las autoridades de control y vigilancia ambiental y sanitaria.
9. Revisión constante y mejoramiento continuo de los programas y actividades.

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